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DINAVISA ABRE SUMARIO A XTREME S.R.L. Y FARMACIAS DIOR PROPIEDAD DE ODILA BAEZ – EX-FUNCIONARIA DE ITAIPU

DINAVISA SUMARIO XTREME S.R.L. Y FARMACIAS DIOR

Ante varias denuncias a la SEDECO por venta de Suplementos sin Registros la DINAVISA se vio acorralada y ya sin excusas abre por 1ra. vez sumario a la Empresa Xtreme S.R.L. despuรฉs de mรกs de 30 aรฑos de comercializar impunemente productos sin Registros Sanitarios, esta empresa es propietario de las Farmacias Dior del Microcentro de C.D.E., dichas empresas son propiedad de la Ex-funcionaria de Itaipu Odila Baez quien tambiรฉn trabaja como โ€œREGENTEโ€ en los citados comercios, fue tambiรฉn ex candidata a Diputada Nac. y Ex-jefa de Campaรฑa del Ex-Presidente Mario Abdo Benitez (ANR โ€“ Mov. Colorado Aรฑetete), las infracciones serรญan de diversas รญndoles como la Comercializaciรณn de Productos sin Registros Sanitarios, Establecimientos sin Habilitaciรณn y Publicidad de Productos Farmacรฉuticos sin Habilitaciรณn, varios de estos Productos ya cuentan con Alerta Sanitaria y estรกn siendo publicados en la Web de la DINAVISA (dinavisa.gov.py).

Alguno de los productos detectados sin Registro Sanitario correspondientes a las Alertas Sanitarias Nยฐ 23, 24 y 25 de 2024 y que se encuentran en la Web de la DINAVISA serรญan Melatonin y GEL – Lipo 6 Keto goFat ambos de la Marca NUTREX y Essential Iron de la Marca SUNDOWN, pero segรบn informes de la propia DINAVISA existen una larga lista de otros productos que tampoco cuentan con Registros Sanitarios de las cuales no fueron incluidas en las Alertas Sanitarias de 2024, por lo que aรบn existen llamativas omisiones de los Funcionarios que benefician a estas empresas.

Segรบn informes de la DINAVISA a travรฉs de informaciones pรบblicas Nยฐ 85526, los sumarios instruidos a Xtreme S.R.L. y las Farmacias Dior son las impartidas por las resoluciones DINAVISA DGAL Nยฐ 463 Y 464 DE 2024:

1)- Resoluciรณn DINAVISA DGAL Nยฐ 463/2024, de fecha 11/10/2024

CARATULADO: โ€œPOR EL CUAL SE INSTRUYE SUMARIO ADMINISTRATIVO POR EL SUPUESTO HECHO DE FUNCIONAMIENTO SIN HABILITACION OTORGADA POR LA DIRECCIร“N NACIONAL DE VIGILANCIA SANITARIA AL MOMENTO DE LA INSCRIPCIร“N, COMERCIALIZACIร“N DE PRODUCTOS NO AUTORIZADOS Y PUBLICIDAD DE SUPLEMENTOS DIETARIOS SIN AUTORIZACIร“N DE LA DIRECCIร“N NACIONAL DE VIGILANCIA SANITARIA A LA RAZON SOCIAL XTREME S.R.L. CON RUC Nยฐ 80018281-2 POR EL ESTABLECIMIENTO DENOMINADO FARMACIA DIOR I, UBICADO EN LA CALLE ITA YVATE C/ MONSEร‘OR RODRIGUEZ DE CIUDAD DEL ESTEโ€

Segรบn consta en dicha Resoluciรณn la inspecciรณn fue realizada en fecha 19/03/2024 por la Direcciรณn Post-Comercializaciรณn, los funcionarios Abg. Myriam Osorio y Q.F. Mirtha Mendiola se presentaron ante el establecimiento citado a fin de realizar una inspecciรณn por denuncia, aparentemente durante dicha inspecciรณn los responsables de la Farmacia Dior I han presentado solicitudes de trรกmites para habilitaciones del local de fecha diciembre de 2023 y sin datos de Mesa de Entrada, o sea no contaban en ese entonces con la habilitaciรณn vigente y no han querido firmar el Acta de Verificaciรณn y la Orden de Procedimiento.

En otra fecha ya posterior a la citada inspecciรณn han presentado una Autorizaciรณn de Apertura de Establecimiento con fecha de emisiรณn 05/04/2024 lo cual llama la atenciรณn el tiempo record en que lo han conseguido, siendo esta de fecha posterior a la inspecciรณn de fecha 19/03/2024, por lo que dicha farmacia estuvo trabajando sin habilitaciรณn.

Las normativas de la DINAVISA que exigen una habilitaciรณn previa a la apertura y funcionamiento del local, las que prohรญben la comercializaciรณn de Productos sin Registros Sanitarios y las que prohรญbe la Publicidad sin Autorizaciรณn se encuentran regulados en los Art. 4 (inc. 1, 2, 4) y Art. 24 de la Ley 1119/97, Art. 8 y 9 del Decreto Nยฐ 3586/2015 y Art. 3 y 30 de la Res. DINAVISA Nยฐ 234/2024.

En cuanto a la Comercializaciรณn de Productos sin Registros la Resoluciรณn DINAVISA DGAL Nยฐ 463/2024 indica:

โ€œโ€ฆsegรบn Acta de Procedimiento Nยฐ 120/24 se verifican productos suplementos dietarios sin nรบmeros de sus respectivos registros sanitarios por sus etiquetas, se verifican productos โ€œsuplementos dietariosโ€ sin registros sanitarios segรบn Memorando DINAVISA PN Nยฐ 023/2024, (โ€ฆ) que son puestos en cuarentena los cuales son detallados en el respectivo actaโ€ฆโ€.

En cuanto a la Publicidad de Productos de Especialidad Farmacรฉutica sin Autorizaciรณn la Resoluciรณn DINAVISA DGAL Nยฐ 463/2024 indica:

โ€œโ€ฆla Q.F. Mirta Mendiola remite informe Tรฉcnico DGV Nยฐ 021/2024, dentro del cual en su parte pertinente informa: โ€œโ€ฆEstablecimiento: Farmacia Dior I, Razรณn Social: XTREME S.R.L., Rubro: Farmacia Externa. Nยฐ de RUC: 80018281-2, Direcciรณn: Calle Ita Yvate c/ Monseรฑor Rodrรญguez, Ciudad del Este, Telรฉfono: 061-500-105, Director Tรฉcnico: Odila Antonia Bรกez Medina, Apertura: RE Nยฐ 4322, Motivo: Verificaciรณn de publicidad de suplementos dietarios a raรญz de una solicitud de Informaciรณn Pรบblica presentada a travรฉs del Portal รšnico de Acceso a la Informaciรณn Pรบblica con Nยฐ 82.481, bajo tรญtulo de โ€œCumplimiento de la Resoluciรณn Nยฐ 286/23โ€, Evaluador Tรฉcnico: Q.F. Mirta Mendiola, Fecha de emisiรณn del informe: 23/07/2024, Acciones: Verificaciรณn de publicidades en plataformas digitales de suplementos dietarios, Fecha de fiscalizaciรณn: 09/07/2024, Resumen de Incumplimientos: โ€œโ€ฆTras una revisiรณn detalladas de las actividades publicitarias de la Farmacia Dior, Razรณn Social Xtreme S.R.L., se ha constatado que la mencionada farmacia ha incurrido en una infracciรณn a la Resoluciรณn Nยฐ 286/2023, la cual establece las normativas y procedimiento para la publicidad de suplementos dietarios. La evidencia recopilada incluye impresiones de las publicaciones en la pรกgina de Facebook de la Farmacia Dior, donde se promocionan varios suplementos dietarios. Al cruzar informaciรณn con los registros de autorizaciones emitidas, se verifico que no existe una autorizaciรณn vigente para dichas publicidades, segรบn Memorรกndum DINAVISA/DRIIC Nยฐ 209/2024, no cuentan con autorizaciรณn de publicidad: Amino โ€“ BSN โ€“ Registro Sanitario Nยฐ 22041-02-SD: No cuenta con autorizaciรณn de Publicidad, Melatonin 3 mg Sundown โ€“ Registro Sanitario Nยฐ 018901-01-SD: No cuenta con autorizaciรณn de publicidad, Melatonin 5 mg Sundawn โ€“ Registro Sanitario Nยฐ 018892-01-MS: No cuenta con autorizaciรณn de publicidad, Fish Oil 1000 mg. Sundawn โ€“ Registro Sanitario Nยฐ SD-00209-01: No cuenta con autorizaciรณn de publicidad, No Xplode XE Edge โ€“ BSN โ€“ Registro Sanitario Nยฐ 023545-01-SD: No cuenta con autorizaciรณn de publicidad, Essential Amino Energy โ€“ ON (Optimum Nutrition) โ€“ Registro Sanitario Nยฐ 20040-02-SD: No cuenta con autorizaciรณn de publicidad (sic)โ€.

Finalmente en la Parte del Resuelve indica;

Artรญculo 1. INSTRUIR SUMARIO ADMINISTRATIVO a la Razรณn Social XTREME S.R.L. con R.U.C Nยฐ 80018281-2 por el establecimiento denominado FARMACIA DIOR I, ubicado en la Calle Ita Yvate c/ Monseรฑor Rodriguez de Ciudad del Este, a los efectos de esclarecer el supuesto hecho de funcionamiento sin habilitaciรณn otorgada por la Direcciรณn Nacional de Vigilancia Sanitaria al momento de la inspecciรณn, Comercializaciรณn de Productos No Autorizados y Publicidad de Suplementos Dietarios Sin Autorizaciรณn de la Direcciรณn Nacional de Vigilancia Sanitaria, determinar la responsabilidad de los supuestos hechos y en caso de comprobarse los hechos y determinarse responsabilidad aplicar las sanciones administrativas correspondientes al titular del establecimiento.

Artรญculo 2. CONFIRMAR la puesta en cuarentena respecto a los productos que se encuentran con esa medida y que son detallados en el Acta de Procedimiento Nยฐ 120/2024, de fecha 19 de marzo de 2024, hasta la conclusiรณn del sumario administrativo.

Artรญculo 3. DISPONER la medida cautelar de suspensiรณn de la publicidad de los siguientes suplementos dietarios: Amino – BSN – Registro Sanitario Nยฐ 22041-02- SD, C4 – Cellucor – Registro Sanitario Nยฐ SD – 000367-02, Melatonin 3 mg Sundown Registro Sanitario Nยฐ 018901-01-SD, Melatonin 5 mg Sundown Registro Sanitario Nยฐ 018892-01-MS, Fish Oil 1000 mg Sundown – Registro Sanitario Nยฐ SD-000209-01, No Xplode XE Edge – BSN – Registro Sanitario Nยฐ 023545-01-SD, Essential Amino Energy – ON (Optimum Nutrition) – Registro Sanitario Nยฐ 22040-02-SD y HACER SABER que no deben ser publicitados productos que no cuenten con registro sanitario y autorizaciรณn de publicidad por la Direcciรณn Nacional de Vigilancia Sanitaria – DINAVISA, en la red social Facebook y demรกs redes sociales y medios de comunicaciรณn, conforme Resoluciรณn DINAVISA 286/23.

Artรญculo 4. DESIGNAR como Jueza instructora del Sumario Administrativo a la Abg. Gilly Colmรกn, con facultad de nombrar actuaria y ujier notificador, disponiendo de toda diligencia tendiente a esclarecer los hechos denunciados.

Artรญculo 5. Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.

Pese a la mencionada medida cautelar del Art. 3 el de prohibir la publicidad de los suplementos, la Farmacia Dior sencillamente cerro las cuentas de Facebook de nombre www.facebook.com/Farmaciadior y posteriormente se habilito otra cuenta nueva de nombre www.facebook.com/FarmaDior. En cuanto a la Red social Instagram estan operando por el nombre de www.instagram.com/farmashopdior.py.

Por su parte la cuenta de Facebook de Xtreme S.R.L. sigue habilitado y publicitando todo tipo de Productos sin ninguna Autorizaciรณn desde la cuenta www.facebook.com/distribuidora.xtreme.

Con ello ambos comercios aparentemente estรกn burlando las medidas cautelares impuestas por la citada Resoluciรณn DINAVISA DGAL Nยฐ 463/2024.

2)- Resoluciรณn DINAVISA DGAL Nยฐ 464/2024, de fecha 11/10/2024

CARATULADO; โ€œPOR LA CUAL SE INSTRUYE SUMARIO ADMINISTRATIVO POR EL SUPUESTO HECHO DE FUNCIONAMIENTO SIN HABILITACIร“N OTORGADA POR LA DIRECCIร“N NACIONAL DE VIGILANCIA SANITARIA AL MOMENTO DE LA INSPECCION, COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS NO AUTORIZADOS POR LA DIRECCIร“N NACIONAL DE VIGILANCIA SANITARIA A LA RAZON SOCIAL XTREME S.R.L. CON RUC Nยฐ 80018281-2 POR EL ESTABLECIMIENTO DENOMINADO FARMACIA DIOR IIโ€, UBICADO AVDA. CARLOS ANTONIO LOPEZ ENTRE AVDA. JARA Y MONSEร‘OR RODRรGUEZ, DE CIUDAD DEL ESTE.

La Referida Farmacia Dior II es la que se encuentra dentro de la Galerรญa Jebai Center – centro de C.D.E.

Conforme a la Resoluciรณn DINAVISA DGAL Nยฐ 464/2024, los procedimientos de inspecciรณn se dieron en iguales condiciones de la anterior, se realizo en la misma fecha 19/03/2024 por Acta de Procedimiento Nยฐ 121/24 por la Direcciรณn Post-Comercializaciรณn, los funcionarios intervinientes fueron Abg. Myriam Osorio y Q.F. Mirtha Mendiola se presentaron ante el establecimiento citado a fin de realizar una inspecciรณn por denuncia comercializaciรณn de Suplementos Dietarios sin registro sanitario, los encargados del establecimiento no contaban con habilitaciรณn del local al momento de la Inspecciรณn en fecha 19/03/2024 y se negaron a firmar el Acta de verificaciรณn y la Orden de Procedimiento, ya posteriormente en otra fecha han presentado una Habilitaciรณn con fecha de emisiรณn 05/04/2024 siendo esta de fecha posterior a la inspecciรณn en fecha 19/03/2024, lo cual llama la atenciรณn el tiempo record en que lo han conseguido de la misma manera en que lo hicieron con la Farmacia Dior I.

En cuanto a la Comercializaciรณn de Productos sin Registros la Resoluciรณn DINAVISA DGAL Nยฐ 464/2024 indica:

โ€œโ€ฆla Q.F. Mirta Mendiola remite informe Tรฉcnico DGV Nยฐ 035/2024, dentro del cual en su parte pertinente informa: โ€œโ€ฆEstablecimiento: Farmacia Dior ll, Razรณn Social: XTREME S.R.L., Rubro: Comercializadora de Suplemento Dietarios. Nยฐ de RUC: 80018281-2, Direcciรณn: Avda. Carlos Antonio Lรณpez entre Avenida Jara y Monseรฑor Rodrรญguez, Ciudad del Este, Telรฉfono: 061 – 500 – 105, Director Tรฉcnico: Odilia Antonia Baez Medina, Apertura: RE Nยฐ 4127, Motivo: inspecciรณn por denuncia, Evaluador Tรฉcnico: Q. F. Mirta Mendiola, Fecha de emisiรณn del informe: 08/08/2024, Acciones: inspecciรณn realizada en respuesta a una denuncia sobre la distribuciรณn y comercializaciรณn de suplementos dietarios presuntamente sin registro Sanitario: โ€œโ€ฆ En virtud del Acta de Procedimiento DGV Nยฐ 121/2024, se constata la comercializaciรณn de un nรบmero significativo de productos catalogados como โ€œsuplemento dietarioโ€ que no cuentan con los respectivos registros sanitarios. Este incumplimiento infringe directamente a lo establecido Art 4 dela ley 1119/97, la cual prohรญbe la venta de productos no autorizados, falsificados o introducidos ilegalmente. Ademรกs, incumple el art 9 del Decreto Nยฐ 3586/2015, que establece la obligatoriedad del registro Sanitario para la fabricaciรณn, importaciรณn y comercializaciรณn de suplementos dietarios.โ€

Finalmente en la Parte del Resuelve indica;

Artรญculo 1. INSTRUIR SUMARIO ADMINISTRATIVO a la Razรณn Social XTREME S.R.L. con R.U.C Nยฐ 80018281-2 por el establecimiento denominado FARMACIA DIOR II DRUGSTORE, ubicado en la Calle Ita Yvate c/ Monseรฑor Rodriguez de Ciudad del Este, a los efectos de esclarecer el supuesto hecho de funcionamiento sin habilitaciรณn otorgada por la Direcciรณn Nacional de Vigilancia Sanitaria al momento de la inspecciรณn, Comercializaciรณn de Productos No Autorizados por la Direcciรณn Nacional de Vigilancia Sanitaria, determinar la responsabilidad de los supuestos hechos y en caso de comprobarse los hechos y determinarse responsabilidad aplicar las sanciones administrativas correspondientes al titular del establecimiento.

Artรญculo 2. DESIGNAR como Juez instructor del Sumario Administrativo al Abg. Arnaldo Gimรฉnez, con facultad de nombrar actuaria y ujier notificador, disponiendo de toda diligencia tendiente a esclarecer los hechos denunciados.

Artรญculo 3. Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.

La Empresa Xtreme S.R.L. viene operando a mas de 30 aรฑos en la comercializaciรณn de Suplementos Nutricionales, Cosmรฉticos, Bebidas y Comestibles entre otras cosas, sus principales clientes en Ciudad del Este serรญan Brasileros que se dedican al contrabando de estos productos, siendo muy frecuente que gran parte de las marcas representadas por Xtreme S.R.L. sean incautados por la Receita Federal, Policรญa Federal y la ANVISA del Brasil, ya que sus productos por lo general no indican el Nro. de Registro Sanitario en las Etiquetas o no cumplen las reglamentaciones impuestas en el Mercosur, otros porque son considerados prohibidos en Brasil o porque son comercializados sin receta mรฉdica.

Procedimientos anteriores de la DINAVISA a favor de Xtreme S.R.L.

A nivel Nacional la Empresa Xtreme S.R.L. ya fue denunciada ante la DINAVISA en varias ocasiones en todas ellas fueron beneficiados por llamativas omisiones de sus funcionarios, por lo que en esta ocasiรณn la DINAVISA se ha visto acorralada ante un cรบmulo de Denuncias por alevosa Comercializaciรณn de Productos sin Registros Sanitarios que estuvieron siendo tambiรฉn denunciados ante la SEDECO por lo que la DINAVISA se ha visto en la obligaciรณn institucional de actuar obligadamente despuรฉs de tantos aรฑos de haber favorecido a la Empresa Xtreme.

Entre tantas denuncias anteriores podemos resaltar la รบltima ocurrida en las intervenciones del Aรฑo 2021 en la que se ha denunciado a la Empresa Xtreme S.R.L. y a la Empresa Grupo Energy S.A. cuyos propietarios son tambiรฉn familiares de Odila Baez y esta empresa a travรฉs de las redes de Farmacias Energy es nada mรกs la revendedora de los productos de Xtreme S.R.L.

La Denuncia en fecha 2020/2021 en contra de Xtreme S.R.L. y Grupo Energy S.A. era por la comercializaciรณn de Suplementos Nutricionales sin registro Sanitario y por el hecho de que la empresa Xtreme S.R.L. tenia su Sucursal como Distribuidora en el mismo local del Grupo Energy S.A., en la Direcciรณn de Avenida Santa Teresa Nยฐ 221 Casi Chaco Boreal, De La Ciudad De Fernando De La Mora, por su parte Xtreme S.R.L. no tenรญa habilitaciรณn para operar en dicho local pero sin embargo todo los carteles en la fachada correspondรญan a Xtreme y en ninguna parte se mencionaba al Grupo Energy o Farmacias Energy, en cuanto a las documentaciones y habilitaciones estaba a nombre del Grupo Energy pero no de Xtreme S.R.L., esta direcciรณn hasta hoy dรญa es utilizada en la propaganda en la Web de Xtreme (www.xtreme.com.py) como una de sus Sucursales.

El Inicio del sumario en ese entonces se dio por la Resoluciรณn Nยฐ 124/22 cuyo tรญtulo es; โ€œPOR LA CUAL SE INSTRUYE SUMARIO ADMINISTRATIVO AL ESTABLECIMIENTO DENOMINADO GRUPO ENERGY S.A., SITO EN LA AVENIDA SANTA TERESA Nยฐ 221 CASI CHACO BOREAL, DE LA CIUDAD DE FERNANDO DE LA MORAโ€.

La DINAVISA en vez de intervenir ambas empresas solo ha intervenido al Grupo Energy S.A. constatando la comercializaciรณn de Suplementos Nutricionales sin Registro Sanitario y concluyo con con la Resoluciรณn DINAVISA/DGAL Nยฐ 149/2023 cuyo tรญtulo es; โ€œPOR EL CUAL SE SANCIONA CON MULTA AL ESTABLECIMIENTO DENOMINADO โ€œGRUPO ENERGY S.A.โ€ CON RUC Nยฐ 80032012-3, UBICADO EN AVDA. SANTA TERESA Nยฐ 221 C/ CHACO BOREAL, DE LA CIUDAD DE FERNANDO DE LA MORAโ€.

Segรบn la Resoluciรณn Nยฐ 149/2023, la constataciรณn de las infracciones tuvieron origen en el Memorando DIV Nยฐ 248/2021 del 09 de Julio del 2021 emitido por la Qca. Fca. Elena Campuzano, Director de la Direcciรณn de Inspecciรณn y Vigilancia y el Acta de Inspecciรณn DIV Nยฐ 267/21 llevado a cabo en fecha 07 de Julio del 2021, en la cual se encuentra asentado que durante el recorrido realizado en el Depรณsito de Almacenamiento de la Firma GRUPO ENERGY S.A., se visualizaron y tomaron datos de los productos:

1- LIPO 6 BLACK TRAINING, 2- VANADYL SULFATE XS, 3- GLUCOSAMINE CHONDROITIN TRIPLE โ€“ STRENGTH y 4- LIPO 6 KETO GO FAT GEL, los cuales segรบn informe emitido mediante Memorรกndum D.E. y R.S. Nยฐ 143/2021 de fecha 09 de Julio del 2021 por la Direcciรณn de Evaluaciรณn y Registros Sanitarios no cuentan con Registros Sanitario expedido por la Direcciรณn Nacional de Vigilancia Sanitaria.

MULTA APLICADA: Segรบn el Resuelve de la Resoluciรณn Nยฐ 149/2023, la Multa aplicada fue de 50 jornales mรญnimos diarios establecidos para actividades diversas no especificadas en la Capital, cuyo monto asciende a Gs. 4.904.450

En cuanto a la Empresa Xtreme S.R.L. fue librado de cualquier responsabilidad cuando que los productos eran importados y distribuidos por este, incluso en esta ultima intervenciรณn 2024 se volviรณ a constatar la comercializaciรณn del producto LIPO 6 KETO GO FAT GEL lo cual demuestra que los funcionarios de la DINAVISA han favorecido a la Empresa Xtreme S.R.L. quien sigue utilizando dicho local ubicado en Fdo. De la Mora como su sucursal de distribuciรณn para el Dpto. Central y asรญ es como se ha estado librando de intervenciones y Sanciones desde su creaciรณn a mรกs de 30 aรฑos.

Puede leerlo completo en el sgte. link; https://www.3raplana.com/dinavisa-sanciona-a-energy-s-a-pero-deja-impune-a-distribuidora-propiedad-de-influyentes-politicos/

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